El 17 de septiembre de 2025, se publicó el Decreto N°49 del Ministerio de Salud (MINSAL), un avance clave que actualiza el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA). Este decreto, impulsado por la Ley N°21.362 o “Ley Celíaca”, busca proteger la salud de las personas celíacas con reglas más claras y estrictas para los productos “libres de gluten” en Chile.
Este cambio es fundamental porque garantiza la seguridad, transparencia y confianza en los alimentos que consumen las familias celíacas.
✅ Los 4 Puntos Clave que Debes Saber
La nueva normativa trae exigencias importantes para fabricantes y comercios:
- Etiquetado Estricto:
- La única frase permitida es “libre de gluten” y solo se puede usar si el producto contiene menos de 5 partes por millón ($<5$ ppm) de gluten.
- Se establecen reglas detalladas sobre el tamaño, la ubicación y el uso del símbolo de la espiga tachada en los envases para asegurar su visibilidad y claridad.
- Producción Segura y Controlada:
- Los fabricantes que usen la etiqueta “libre de gluten” deberán implementar un Programa de Buenas Prácticas de Fabricación (BPF) obligatorio.
- Este programa tiene como fin minimizar el riesgo de contaminación cruzada en cada etapa de la producción.
- Venta Segregada en Tiendas:
- Una de las medidas más relevantes: los alimentos envasados secos “libres de gluten” deben ser exhibidos en góndolas, estantes o vitrinas exclusivos.
- Deben estar separados físicamente de los productos con gluten para evitar la contaminación cruzada en el punto de venta.
- Excepción: Esta regla no aplica a micro o pequeñas empresas.
- Fecha de Vigencia:
- El decreto se publicó en 2025, pero entrará en vigencia el 18 de marzo de 2027.
- Este plazo de 18 meses permite que las empresas tengan tiempo suficiente para adaptar sus procesos y etiquetados a las nuevas exigencias.
Este es un gran paso para que las familias de Fundación Celíacos Más tengan más tranquilidad y certeza al momento de hacer sus compras.





